Abogados de accidentes marítimos y de embarcaciones
Hemos estado manejando reclamos por accidentes de embarcaciones en todo el país desde 1955 y nos hemos ganado la reputación de ser uno de los bufetes de abogados de lesiones personales más exitosos del país, ganando más de $ 30 mil millones de dólares en veredictos y acuerdos del jurado.
Nuestra oficina legal está ubicada en el centro de Pensacola y nuestros cuarenta abogados viven en la comunidad de Pensacola.
Tipos comunes de reclamaciones por accidentes de embarcaciones
Las leyes estatales y federales con respecto a las lesiones marítimas y de recreo en embarcaciones de recreo son complejas y dependen de diversas circunstancias, como el tipo de buque; cómo se usaba el barco; donde fue operado; si ocurrió una lesión o muerte; y si la persona lesionada estaba empleada en el bote.
Algunos de los tipos más comunes de reclamos relacionados con lesiones personales en el agua incluyen:
- Accidentes de embarcaciones de recreo privadas
- Lesiones de cruceros
- Muerte en alta mar
- Reclamaciones de Unseaworthiness
- Jones Act Seaman
Preguntas frecuentes
¿Se aplica el derecho marítimo y marítimo federal a la operación de un barco de recreo
En general, las leyes marítimas y de almirantazgo cubrirán los incidentes de embarcaciones de recreo que ocurran en aguas navegables, océanos, mares, ríos, Grandes Lagos, etc. Sin embargo, la ley estatal se aplicará a cualquier incidente que ocurra en un lago sin litoral totalmente dentro de un estado, o un vía fluvial que incluye obstrucciones que impiden la navegación.
¿Se aplican las leyes marítimas y del almirantazgo federal a la operación de una embarcación personal?
Sí, las leyes generales marítimas y de almirantazgo se aplicarán a los sea-doos, motos acuáticas, casas flotantes y otras embarcaciones personales que operen en vías navegables.
¿Qué debo hacer si estoy involucrado en un accidente de canotaje
La mayoría de los accidentes de navegación requieren un informe a la agencia estatal que regula los barcos o al Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos, o ambos. Si un operador está involucrado en una colisión con otro barco o una 'alisión' (lo que significa golpear un objeto fijo o un buque que no se mueve), él o ella debe contactar inmediatamente a la agencia estatal que regula los barcos para determinar qué tipo de informe se requiere , Si alguna.
Un requisito de notificación se activa generalmente si el accidente de navegación implica lesiones personales que requieren tratamiento médico más allá de primeros auxilios inmediatos o daños a cualquier buque u otra propiedad por encima de una determinada cantidad especificada, con frecuencia $ 500.
El hecho de no permanecer en la escena, prestar ayuda y denunciar oportunamente el accidente de navegación a una agencia policial apropiada es un delito. Informe el incidente a su compañía de seguros para estar seguro y si se hizo un informe estatal o federal. En la medida de lo posible, debe fotografiar o documentar la escena y los recipientes involucrados.
¿Qué es la Ley de Limitación de Responsabilidad
La Ley de Limitación de Responsabilidad respalda la idea de que el propietario de una embarcación tiene derecho a limitar su responsabilidad después de un accidente marítimo al valor posterior al siniestro de la embarcación y el flete pendiente. Las limitaciones de responsabilidad pueden dejar a la persona lesionada con casi nada para la recuperación. Hay circunstancias en las que un acusado puede perder el derecho a limitar la responsabilidad y la persona lesionada puede reclamar la totalidad de sus daños.
¿Qué es una reclamación de terceros?
A menudo, los accidentes de navegación implican responsabilidad en nombre de personas que no son el operador o el propietario de la embarcación. Por ejemplo, puede haber reclamaciones de responsabilidad por productos defectuosos por el mal diseño de la embarcación o por motores, asientos, etc. fabricados de forma inadecuada. Es importante que todas las posibles reclamaciones estén bien documentadas e investigadas antes de liberar la embarcación.
¿Qué significa que un buque sea "innavegable"?
La doctrina de la innavegabilidad es una característica del derecho marítimo general. El propietario de una embarcación tiene el deber estricto y absoluto de los marineros de proporcionar una embarcación en condiciones de navegar. Una embarcación en condiciones de navegar es aquella que es razonablemente adecuada para el uso previsto.
El acusado no navegable es el propietario del buque o el operador si el operador tiene "plena posesión y control" sobre el buque. A diferencia de la demanda de la Ley Jones que es contra el patrón del marino, se hace una reclamación de inseguridad contra el propietario del buque. En muchos casos, esos dos serán los mismos.
Una reclamación de indignidad contra el propietario del barco a menudo se combina con una reclamación de la Ley Jones contra el empleador del marino. Ambas reclamaciones deben presentarse dentro de 3 años de la lesión. Si un reclamo de indignidad se une con un reclamo de la Ley Jones, el demandante puede solicitar un juicio por jurado sobre el reclamo de no sostenibilidad, así como el reclamo de la Ley Jones.
El deber de proporcionar una embarcación que sea razonablemente segura se extiende a todas las partes de la embarcación ya casi todas las facetas de su funcionamiento. El hecho de que la condición de innavegabilidad se produjera después de que el buque zarpara del puerto es irrelevante. No es excusa que el propietario de la embarcación no haya tenido notificación u oportunidad de corregir la condición que causó la lesión; la responsabilidad seguirá existiendo. La garantía de navegabilidad es absoluta, continua e indelegable. Se extiende a todas las partes de la embarcación, incluidos el casco, los aparatos, los accesorios, los aparejos y el equipo, incluso la mano de obra de la embarcación. Por ejemplo, los miembros de la tripulación no aptos o un número insuficiente de miembros de la tripulación en el buque pueden constituir una condición de innavegabilidad. Además, las condiciones temporales como aceite, agua o hielo en la cubierta, conocidas como innavegabilidad transitoria, proporcionan una base para la recuperación.
Una condición insegura puede ser creada por los empleados del propietario o incluso contratistas independientes. La garantía de navegabilidad impuesta por el funcionamiento de la ley a un armador u operador es una poderosa herramienta para proteger los derechos de los marineros.
¿Qué es la Ley de muerte en alta mar?
La Ley de Muerte en alta mar fue promulgada por el Congreso en 1920 y proporcionó la recuperación por la muerte de cualquier persona "causada por acto ilícito, negligencia o incumplimiento que ocurra en alta mar más allá de una liga marina desde la costa de cualquier estado". Una liga marina se compone de tres millas de la costa de cualquier estado. Las muertes que ocurren más lejos de la costa que tres millas están cubiertas por la Ley de Muerte en alta mar.
La DOHSA no se aplica a las plataformas de perforación en alta mar. Estos se rigen por la Ley de la Plataforma Continental Exterior y se complementan con la ley del estado adyacente.
Una reclamación bajo DOHSA puede fundarse en no navegabilidad y es presentada contra el buque o el propietario del buque. Por el contrario, la Ley Jones abarca a cualquier marinero que sufre lesiones personales o muere como resultado de lesiones sufridas en el curso del empleo. La causa de la acción es contra el patrón del marino.
La doctrina de la no navegabilidad es una característica del derecho marítimo general. El propietario de un buque debe a los marineros un deber estricto y absoluto de proveer un buque en condiciones de navegar. Un buque en condiciones de navegar es aquel que es razonablemente apto para su uso previsto.
El acusado no navegable es el propietario del buque o el operador si el operador tiene "plena posesión y control" sobre el buque. A diferencia de la demanda de la Ley Jones que es contra el patrón del marino, se hace una reclamación de inseguridad contra el propietario del buque. En muchos casos, esos dos serán los mismos.
Un reclamo de innavegabilidad contra el propietario del buque puede combinarse con un reclamo de la Ley Jones contra el empleador del marino. Ambos reclamos deben presentarse dentro de los 3 años de la lesión. Si un reclamo de innavegabilidad se une a un reclamo de la Ley Jones, el demandante puede solicitar un juicio por jurado sobre la reclamación de innavegabilidad, así como la reclamación de la Ley Jones.
El deber de proporcionar un buque que sea razonablemente seguro se extiende a todas las partes del buque ya casi todas las facetas de su operación. El hecho de que la condición no apta para la navegación se produjera después de que el buque dejó el puerto es inmaterial. No es excusa que el propietario del buque no tuvo aviso ni oportunidad de corregir la condición que causó la lesión; La responsabilidad seguirá existiendo. La garantía de navegabilidad es absoluta, continua y no delegable. Se extiende a todas las partes del buque, incluyendo el casco, aparatos, accesorios, equipo y equipo, incluso la mano de obra del buque. Los miembros inapropiados de la tripulación constituyen una condición no apta para la navegación. Además, las condiciones temporales como el petróleo, el agua o el hielo en la cubierta, conocidas como intemperie transitoria, proporcionan una base para una recuperación.
Una condición insegura puede ser creada por los empleados del propietario o incluso contratistas independientes. La garantía de navegabilidad impuesta por el funcionamiento de la ley a un armador u operador es una poderosa herramienta para proteger los derechos de los marineros. En estos casos debe mantenerse un asesor marítimo experimentado.
Nuestro bufete de abogados se fundó en Pensacola hace más de 65 años y es considerado un líder nacional en litigios por accidentes de embarcaciones.
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